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SERVICIO DE TRASLADO EXTERNO

Corresponde al servicio que presta Sendero para realizar la apertura de una sepultura y así poder trasladar la urna a otro cementerio, incluyendo lo siguiente:

  • Apertura de la sepultura: Trazado de la sepultura, retiro del césped, excavación, retiro de la tierra y retiro de la tapa que cubre la cripta de hormigón.
  • Resguardo: Instalación de un toldo y una cortina perimetral, donde se pueden realizar de forma privada las actividades necesarias.
  • Cierre de la sepultura: Tapado con tierra de la excavación, implementación de césped, desecho de la cripta de hormigón, desecho o grabado de lápida según corresponda.

El Servicio de Traslado Externo no considera el cambio de urna o la disposición de una manga, ni el traslado del féretro hacia el nuevo destino. Estos puntos deben se contratados por la familia directamente con una Funeraria.

El Servicio de Traslado Externo tiene un precio de UF 9 + IVA.

Este precio no considera el cambio de urna o la disposición de una manga, ni el traslado del féretro hacia el nuevo destino. Estos puntos deben se contratados por la familia directamente con una Funeraria.

Corresponde al trámite para poder realizar el traslado de un fallecido sepultado en Sendero a otra sepultura ubicada en otro cementerio y se realiza en la oficina del parque Sendero en que descansa el fallecido.

El día y hora del Servicio de Traslado Externo será definido por Seremi de Salud y queda establecido en el Comprobante Solicitud Autorización Traslado Nacional.

La Solicitud de Traslado Externo debe realizarse con un mínimo de 24 horas de anticipación al Servicio de Traslado, ya que de esta forma podemos tener todo dispuesto para realizar el procedimiento de manera correcta.

Documentos necesarios

Cédula de identidad del titular de la sepultura

Original y copia por ambos lados de la cédula de identidad del titular de la sepultura.

Poder Notarial

Solo en casos en que la solicitud no la realice el titular de la sepultura, se deberá presentar un documento donde el titular de sepultura autoriza que el solicitante realice el trámite de Solicitud de Traslado Interno.

Comprobante Solicitud Autorización Traslado Nacional

Documento que debe gestionar la familia del fallecido directamente en la SEREMI de Salud correspondiente

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